Dada la situación actual y los problemas jurídicos que se generan por la disposición del aislamiento social preventivo y obligatorio, ponemos a tu alcance el siguiente formulario de consultas para que nos envies tu inquietud y luego podamos contactarte para asesorarte legalmente

Nombre completo

Correo electrónico

Número de contacto

Mensaje

 DEFENSAS Y ASESORAMIENTO PENAL Brote Coronavirus (COVID-19)

A) ART. 205
1) OBLIGACION DE AISLAMIENTO

2) Obligaciones para los operadores de medios de transporte de emitir reportes y de cumplir con medidas sanitarias y acciones preventivas.

3) Obligación de inmediato reportea los prestadores de la salud para las personas que presenten síntomas.
Comisión de delitos de acción pública, en los términos previstos por el Código Penal, en el artículo 205 (Que contempla el delito de violación de medidas oficiales para impedir la introducción o propagación de epidemias)

B)ART. 239
1) Obligación de obediencia a funcionario publico.

2) Obligados a denunciar (Que regula la figura de resistencia o desobediencia a un funcionario público). Tales denuncias son de realización obligatoria para los funcionarios o funcionarias, personal de la salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que sepan del incumplimiento del aislamiento y demás obligaciones establecidas en el artículo 8 (constituiría esto una cuarta obligación prevista por el DNU, cuya desobediencia podría dar lugar a la específica configuración del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público -art. 248, CP-).

ASESORAMIENTO SOBRE: DERECHO INMOBILIARIO EN BROTE DE CORONAVIRUS.

1) Desalojos.

2) Prorrogas de contratos.

3) Congelamiento de alquileres.

4) Deudas por diferencia de precio.

5) Deudas por falta de pago.

6) Bancarización y mediación obligatoria.

7) Vulnerabilidad del locador cuando vive del alquiler.